Información para Empresas: Desarrollo Productivo informa a micro, pequeñas y medianas empresas del departamento, las medidas paliativas que instrumentó el Gobierno Nacional ante la Emergencia Sanitaria Covid-19.
Medidas económicas anunciadas por el gobierno uruguayo el 19 de marzo de 2020, para enfrentar las consecuencias ante la emergencia sanitaria generada por el COVID-19.
Seguro y subsidio por cese de actividad
Seguro por cese de actividad
Préstamos Blandos por Cese de Actividad – Monotributos y Pequeños Empresarios de Industria y Comercio.
Beneficiarios: Son beneficiarios de este préstamo los titulares de empresas con aportes al día hasta el mes de diciembre 2019, que se encuentren activas o con declaración de inactividad, bajo las siguientes condiciones:
*En el caso de Sociedades de Hecho y SRL con un máximo de 2 socios y sin dependientes, ambos socios podrán solicitar este beneficio.
La nueva disposición establece que la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE) brindará un préstamo en UI equivalente a $ 12.000 que se otorga en los meses de abril y mayo, a las empresas con actividad de industria y comercio registrada ante BPS.
Esta medida estará disponible para aquellas empresas inscritas en BPS hasta el 13/3/2020.
BPS está implementando una consulta web para que las empresas, ingresando pocos datos, puedan verificar si quedan comprendidas en estas nuevas medidas.
Desde la Agencia Nacional de Desarrollo se está trabajando en la implementación de estas medidas a más tardar la última semana de abril
Subsidio Directo
Empresas Monotributo Social MIDES
Se brinda un subsidio mensual que asciende a $ 6.779 (1,5 BPC), el que se otorgará por los meses de abril y mayo. Se informará próximamente la fecha a partir de la cual podrá hacerse efectivo el cobro en la red de cobranzas.
El mencionado subsidio no debe ser reintegrado y se abonará a las empresas que registren pagos durante el año 2019, independientemente que la empresa se encuentre activa o con declaración de inactividad a causa de la situación sanitaria.
No debe ser reintegrado.

Preservación del crédito
Créditos productivos BROU
BROU
El Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) implementará un programa de créditos productivos para las pequeñas y medianas empresas en condiciones más flexibles. Esta medida no está aún operativa, el BROU está trabajando en su implementación.
Sistema nacional de garantías
SiGa
En el marco del Sistema Nacional de Garantías (SIGA), se incrementarán los fondos disponibles para otorgar garantías parciales de crédito a las Mipymes por hasta un monto total de créditos de 2.500 millones de dólares. Adicionalmente, se prevé exonerar el 80% de la comisión que cobra el sistema de garantías.
El objetivo es atender la situación crediticia actual de las mipymes en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo. Destinado a empresas con necesidad de acceder a un credito y que no cuentan con garantias necesarias para respaldarlo.
Extensión de plazos de los créditos
BCU
Autoriza a las instituciones de intermediación financiera, empresas de servicios financieros y administradoras de crédito a extender los plazos de vencimiento de los créditos al Sector No Financiero, en acuerdo con sus clientes por hasta 180 días.
La resolución abarca tanto el pago de capital como de los intereses para deudores cuyos ingresos puedan ser afectados a consecuencia de la emergencia sanitaria.
Condiciones:
- Créditos vigentes al 29 de febrero de 2020.
- Operaciones de crédito que se habían concreta entre el 1ro y 19 de marzo.
- Contempla únicamente vencimientos comprendidos entre 1ro de marzo y el 31 de agosto del presente año.
Por más información: https://www.bcu.gub.uy/Comunicaciones/Paginas/.aspx
Teléfono: 1967

Programa crédito dirigido
El programa de Crédito Dirigido es un instrumento que tiene por objetivo brindar apoyo financiero aportando liquidez a las mipymes de todo el país, con créditos en mejores condiciones que las de mercado.
¿Cuáles son los beneficios?
- Plazos de pago mayores
- Tasas de interes menores
- Período de gracia prolongado*
*Gracia sobre capital: los primeros meses abonará una cuota menor, pagando sólo lo correspondiente a interés.
Los beneficiarios son las micro, pequeñas y medianas empresas afectadas por la emergencia sanitaria actual del país frente al COVID-19, para quienes se busca otorgar mejores condiciones crediticias para créditos cuyo destino sea capital de trabajo y refinanciamiento de deuda
Estos créditos son otorgados por Instituciones de Microfinanzas y subsidiados por ANDE.
Si sos una micro, pequeña o mediana empresa deberás dirigirte a alguna de las IMF adheridas, cada una de las cuales posee sus propias políticas de otorgamiento de créditos.
Las IMF adheridas son las siguientes:
Medidas tributarias
Aplazamiento de los aportes
BPS
Se difiere el pago de los monotributistas y los aportes de dueños y socios de sociedades personales, correspondiente a los meses de pago abril y mayo. El 60% de dichos aportes se abonarán en 6 cuotas a partir del mes de junio. El 40% restante será de cargo del Estado.
Los beneficiarios serán: monotributistas, unipersonales y sociedades personales con hasta 10 empleados cuyo régimen de aportación sea INDUSTRIA y COMERCIO.
Por más información: https://www.bps.gub.uy/ E-mail: asistalcontri@bps.gub.uy

Postergación del pago del IVA
DGI
La empresa comprendida en el literal E no deberá abonar el pago de IVA Mínimo de los meses de marzo y abril. Ese monto se financia en 6 cuotas que vendrán directamente en el recibo a pagar a partir del mes de mayo.
Se prorroga el pago de impuestos de DGI de este mes hasta el viernes 27/3. Quedan exceptuadas de esta prórroga las empresas públicas.
Por más información: https://www.dgi.gub.uy/
Seguro flexible a todos los sectores
Subsidio por desempleo
BPS
El banco de Previsión Social se encuentra trabajando para implementar el nuevo subsidio especial por desempleo parcial para trabajadores mensuales, dispuesto por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Las empresas que requieran gestionar el amparo a este régimen deberán, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente de producirse la reducción de días u horas trabajados, enviar al BPS el listado de trabajadores que cumplan las condiciones de derecho. El pago del subsidio se realizará durante el mes siguiente de producida dicha reducción.
A la brevedad estarán disponibles en la web institucional los formularios y el procedimiento a seguir.
También, próximamente, se habilitará para consultas el 0800 0277.
Por más información: www.bps.gub.uy